¿Qué es Transit Days?
Es la oportunidad para que tu pyme gane el refuerzo que necesita en la temporada alta de ventas: el préstamo de una Ford Transit Van desde el 27/11/2025 al 09/12/2025.
Para participar solo tenés que contarnos el mayor desafío logístico que tuviste.
¿Qué es Transit Days?
Es la oportunidad para que tu pyme gane el refuerzo que necesita en la temporada alta de ventas: el préstamo de una Ford Transit Van desde el 27/11/2025 al 09/12/2025.
Para participar solo tenés que contarnos el mayor desafío logístico que tuviste.
Participá de Transit Days y potenciá tu negocio
Sabemos que durante la temporada de mayores ventas, tu logística se pone a prueba y tu esfuerzo es enorme. Por eso creamos Transit Days: un concurso para pymes donde te invitamos a contarnos tu mayor desafío de entregas.
La historia más destacada ganará el préstamo de una Ford Transit Van desde el 27/11/2025 al 09/12/2025 para que sea el refuerzo extra que tu negocio necesita.
¿Cómo puede Ford Transit potenciar tu negocio?
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Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
El concurso es válido para pymes de todo el país. No importa el tamaño de tu negocio y no tenés ningún compromiso de compra. ¡Queremos conocer tu historia! **
Podés inscribirte y contarnos tu desafío completando el formulario hasta el 19/11/2025.
Un representante de Ford coordinará con vos el lugar y la fecha de entrega y devolución del vehículo, así como las bases y condiciones a considerar. También tendrás soporte directo durante toda la semana.
Solo se requiere que el conductor designado tenga una licencia de conducir vigente y válida para vehículos utilitarios.
Para cuidar el vehículo, no se permiten adhesivos ni modificaciones durante la semana de préstamo.
REGLAMENTO DE LA ACCIÓN PROMOCIONAL: “TRANSIT DAYS”
1)Quiénes pueden participar:
1.1) Podrán participar de la presente Acción denominada “TRANSIT DAYS” (en adelante, la ‘‘Acción’’), organizado por VMLY&R Argentina SAU, con domicilio constituido en Arribeños 2740, CABA, (en adelante, el ‘‘Organizador’’), para su cliente Ford Argentina S.C.A. (en adelante, “Ford”), única y exclusivamente las personas jurídicas que se encuentren debidamente constituidas conforme la normativa argentina vigente y que posean domicilio de la sede social dentro del territorio de la República Argentina y que, a la fecha de inicio de vigencia de la presente Acción, cumplan con los siguiente requisitos:
a) Estén registradas ante ARCA (ex AFIP) como Pyme o pequeña empresa; y
b) Que cumplan con el mecanismo de participación y con los requisitos descriptos en el presente Reglamento (en adelante, los “Participantes”.-
1.2) La presente Acción se encontrará vigente desde las 12 h del día 20 de octubre de 2025 y hasta las 23:59 h del día 19 de noviembre de 2025 (en adelante, la “Vigencia”).-
2) Mecanismo De Participación:
2.1) Los Participantes que quieran participar de la presente Acción, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos en el punto 1.1) de este Reglamento, deberán ingresar a la página web https:www.ford.com.ar/transitdays (en adelante, la “Web”) aceptar el Reglamento de participación de la presente Acción y completar el formulario de inscripción con los datos que allí se requieran (nombre de la empresa, CUIT, nombre y apellido -persona física-, cargo de la persona en la empresa, número de WhatsApp y correo electrónico) (en adelante, los “Datos de la Empresa”). Luego de haber aceptado el Reglamento y de haber completado los Datos de la Empresa, los Participantes deberán responder la siguiente pregunta: “¿Cuál fue el mayor desafío que enfrentó tu Pyme y cómo lo superaron?” (en adelante, la “Consigna”) Las dos (2) respuestas a la Consigna que demuestren un mayor nivel de superación (teniendo en cuenta la creatividad, rapidez, eficacia, eficiencia -entre otros factores- en la resolución del problema) serán seleccionadas como potenciales ganadores de uno de los premios puestos en juego en esta Acción.-
2.2) Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en este Reglamento. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar, llevará a la anulación de la participación y/o del participante de que se trate. Se deja expresamente aclarado que el fraude, su intento, o cualquier acción o participación contraria a los principios de esta Acción y/o a la buena fe producirá la eliminación automática del participante, sin derecho a reclamo.-
2.3) El Organizador se reserva el derecho de rechazar y eliminar cualquier respuestas a la Consigna que considere con contenido obsceno, ofensivo, difamatorio, discriminatorio, peyorativo, violento, que constituya una amenaza a cualquier persona física y/o jurídica, susceptible de configurar un agravio o un ilícito, contrario a la moral y a las buenas costumbres y/o que infrinja derechos de privacidad y/o intimidad y/o que de cualquier manera, directa o indirecta, pudiera perjudicar los derechos de un tercero. Podrá ser eliminada cualquier respuesta a la Consigna que no cumpla con los requisitos señalados en el presente Reglamento. En caso que se detecte cualquier tipo de violación a derechos de terceras personas en una respuesta a la Consigna, el participante que hubiera enviado la misma podrá ser eliminado, reservándose el Organizador la facultad de notificar la situación al tercero perjudicado y/o de iniciar las acciones que pudieran corresponder en defensa de sus derechos. En caso que el Organizador detectase esta situación luego de que el participante hubiere resultado ganador, este último perderá todo derecho al Premio y deberá hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir el Organizador o terceras personas como consecuencia de la actitud ilícita del Participante.-
2.4) Por el mero hecho de enviar la respuesta a la Consigna, el Participante acepta que es el único responsable por la veracidad y el contenido de la misma. La respuesta a la Consigna no deberá incluir obras de titularidad de terceros de cualquier tipo, ni marcas o diseños industriales, ni productos, ni elemento alguno, protegidos por derechos de autor, de propiedad, propiedad intelectual, industrial, derechos de imagen, ni de ningún otro tipo.-
3) Selección del ganador:
3.1) Entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos mencionados en el punto 2.1) del presente Reglamento, el día 20 de noviembre de 2025, el Organizador, a través un equipo especializado (en adelante, el “Jurado”), será el encargado de seleccionar las dos (2) respuestas a la Consigna que considere que demuestran un mayor nivel de superación.- Los Participantes titulares de las dos (2) respuestas a la Consigna que demuestren un mayor nivel de superación serán considerados cada uno como potencial ganador de uno de los premios en juego descripto en el punto 4) del presente Reglamento.- Adicionalmente, el Jurado seleccionará cuatro (4) respuestas a la Consigna suplentes para el eventual caso de que los Participantes titulares de alguna de las respuestas a la Consigna seleccionadas en primer término no cumpla o no pueda cumplir con alguno de los requisitos señalados en el presente Reglamento.-
3.2) Las decisiones que tome el Jurado tendrán carácter de definitivas e inapelables, no pudiendo los Participantes apelarlas, recurrirlas, revindicar, ni solicitar revisión alguna.- En caso que el Organizador lo considere necesario, los ganadores deberán suscribir toda la documentación que sea requerida por el Organizador.-
3.3) Los Participantes reconocen y aceptan expresamente que sus respuestas a la Consigna podrán ser utilizadas y/o editadas en todo o en parte y a libre criterio del Organizador, a los efectos de ser utilizadas en capsulas de Ford y/o en cualquier otro tipo de contenido de Ford, para su difusión a través de las distintas redes sociales del Organizador y/o de Ford, en sus páginas web y en cualquier otro medio de comunicación conocido en la actualidad o a inventarse en el futuro, a perpetuidad y para todo el mundo.-
3.4) Los Participante titulares de las respuestas a la Consigna enviadas se obligan a suscribir toda la documentación que el Organizador crea necesaria a los fines de ratificar, la difusión, reproducción y explotación de las respuestas a la Consigna, y a los efectos de su explotación, difusión y/o comercialización de manera gratuita u onerosa a través de cualquier medio, de cualquier forma, sin límite de tiempo y en cualquier lugar del mundo.-
4) Premio en juego:
4.1) El otorgamiento del Premio estará sujeto a la condición de que cada potencial ganador cumpla con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento y acredite, mediante estatuto, contrato social u otro documento legalmente válido, su carácter de persona jurídica seleccionada. Cumplidas dichas condiciones, cada ganador recibirá, en carácter de préstamo de uso, una (1) unidad Ford Transit Van, modelo VAN LARGA TE AT (L3H3) (en adelante, la “Unidad”), para uso exclusivo de la empresa ganadora, durante el plazo comprendido entre el 27 de noviembre de 2025 y el 9 de diciembre de 2025 (en adelante, el “Plazo”), constituyendo dicho préstamo de uso el Premio objeto de esta promoción.-
4.2) Los ganadores declaran y aceptan expresamente que la Unidad que reciben como premio es en calidad de préstamo de uso y será destinada únicamente a uso particular de la empresa, durante el plazo comprendido entre el 27/11/2025 y el 9/12/2025 dentro del territorio de la República Argentina, no pudiendo destinarlo a otro fines ni permitir su uso a terceros.- Se deja expresamente aclarado que se encuentra absolutamente prohibido el uso de la Unidad fuera del territorio de la República Argentina constituyendo ello un incumplimiento grave del presente Reglamento y del uso otorgado.-
4.3) La aceptación del Premio/Unidad por parte de los ganadores implicará la plena conformidad y aceptación de todas las condiciones de uso, cuidado y demás obligaciones que se establezcan en la Carta Asignación que Ford pondrá a disposición de los ganadores y deberá ser suscripta por éstos en el acto de entrega de la Unidad.
4.4) Los ganadores (empresas) designarán un (1) conductor que será responsable por la Unidad durante todo el Plazo, y que deberá contar con licencia de conducir nacional vigente y válida para la conducción de vehículos de la categoría de la Unidad, siendo a su exclusivo cargo cualquier trámite vinculado a su obtención o renovación (en adelante, el “Conductor Responsable”). Asimismo, los ganadores reconocen y aceptan que estarán a su exclusivo cargo, costo y responsabilidad:
a) Los gastos de combustible;
b) El costo total de mantenimiento y/o reparaciones que, por cualquier causa, resulten necesarias a la Unidad (salvo aquellas derivadas del uso normal que Ford instruya realizar en concesionarios oficiales);
c) El costo total, incluidos eventuales intereses y costas, derivado de cualquier infracción a normas de tránsito y/o circulación;
d) La totalidad de los costos, gastos, peajes, tasas devengadas y/o vinculadas a la Unidad durante el uso de la misma.
4.5) Ni los ganadores ni los Conductores Responsables podrán quitar ni remover parte alguna de la Unidad ni efectuar modificaciones sin previa conformidad escrita de Ford; tampoco podrán darla en comodato ni conceder su uso ni posesión a terceros, ni utilizarlo fuera del territorio de la República Argentina. Ford asumirá únicamente los cargos y costos vinculados con el pago de patente y la contratación del seguro contra terceros (básico) con el que se entrega la Unidad, quedando a cargo exclusivo del ganador la contratación y/o pago de cualquier otro seguro distinto del indicado.-
4.6) La Unidad deberá ser restituido a Ford en el mismo estado en que fue recibido, libre de multas, ocupantes, desperfectos, choques, abolladuras y/o cualquier otro daño, respondiendo el ganador por los daños ocasionados y comprometiéndose a indemnizar a Ford por ellos, excepto desperfectos derivados del uso normal.-
4.7) Los ganadores y los Conductores Responsables se comprometen a utilizar y conducir el vehículo con la debida responsabilidad y diligencia, respetando las leyes de tránsito nacionales, provinciales y municipales y toda normativa vigente, asumiendo exclusiva responsabilidad civil y penal por cualquier accidente y/o siniestro que se suscite por su uso, obligándose a mantener indemne e indemnizar a Ford por cualquier reclamo y/o acción que se presente contra el ganador y/o contra Ford como titular del vehículo por hechos derivados del uso del mismo.-
5) Notificación a los potenciales ganadores. Entrega de los premios:
5.1) Ford será el encargado de notificar a los potenciales ganadores de su carácter de tal a través del número de teléfono denunciado al momento de registrarse conforme lo estipulado en el punto 2.1 del presente Reglamento, aclarándose que el derecho a la asignación del premio quedará supeditado a que cumplan todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento.-
5.2) Se formularán en un mismo día únicamente TRES (3) intentos de comunicación/contacto con un intervalo de tres (3) horas entre cada intento de contacto y en caso de que en ninguna de las tres oportunidades el potencial ganador estableciera efectiva comunicación con el Organizador (por cualquier motivo, inclusive pero sin limitarse a ello, caso fortuito o fuerza mayor), dicho potencial ganador perderá todo derecho al premio y a formular cualquier reclamo en relación con ello o con su participación en la Acción y se pasará al primer potencial ganador suplente (conforme lo estipulado en el punto 3.1 del presente Reglamento) y así sucesivamente.-
5.3) La entrega del premio se realizará únicamente a un representante legal o apoderado con facultades suficientes a tales fines en la planta de Ford, situada en Colectora Este 34603 Avenida Henry Ford, Gral. Pacheco, Provincia de Buenos Aires, el día jueves 27 de noviembre de 2025. La devolución de las Unidades deberá efectuarse en la misma locación el día 9 de diciembre de 2025, sin posibilidad de prórroga ni excepción alguna.- En caso de retraso en la devolución, el ganador deberá abonar a Ford, en concepto de multa por cada día de demora, la suma que Ford determine a tal efecto, sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que dicha demora pudiera ocasionar a Ford.
5.4) Ni el Organizador, ni Ford serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el potencial ganador o cualquier otro tercero, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Asimismo, los gastos en que incurran los ganadores para concurrir retirar el Premio y para la utilización del mismo, estarán a su exclusivo cargo.-
5.5) El premio otorgado no es transferible a terceros. El ganador no podrá ceder, traspasar ni autorizar el uso de la Unidad a ninguna persona física o jurídica distinta de la que resultó adjudicataria/ganadora.
5.6) Los ganadores que, por cualquier causa, no pudieran hacer uso del Premio perderán todo derecho al Premio y a formular reclamo alguno como consecuencia de su participación en la Acción.-
6) Sin obligación de compra:
La presente Acción no implica obligación de compra, ni tampoco existe intervención del azar, ya que todas las personas jurídicas invitadas que cumplan con los requisitos especificados en el presente Reglamento podrán participar de la presente Acción de forma totalmente gratuita.-
7) Probabilidades:
En la presente Acción no resulta posible indicar las probabilidades de ganar, dado que la selección de los ganadores no está sujeta al azar, ni mecanismo similar, sino que el ganador finalmente será seleccionado teniendo en cuenta la originalidad y la creatividad de la respuesta a la Consigna con la que ha participado.-
8) Usuarios participantes responsables:
8.1) Se deja expresamente aclarado que por el solo hecho de participar en la presente Acción, los Participantes declaran bajo juramento ser los únicos y exclusivos dueños y/o titulares de los derechos de propiedad, propiedad intelectual y de cualquier otra naturaleza sobre la respuesta a la Consigna con la que están participando, y contar con todos los derechos para que la misma sea difundida sin limitación de tiempo, a través de cualquier medio y en cualquier lugar del mundo. El Participante asegura y garantiza que el relato y/o hechos incluidos en la Consigna no están actualmente protegidas por el derecho de autor, no constituyen material confidencial, ni están sujetos de ninguna otra manera al derecho de propiedad, propiedad intelectual y/o de cualquier otra naturaleza de un tercero, incluyendo derechos de privacidad y/o publicidad.-
8.2) El mero hecho de enviar la respuesta a la Consigna para participar de la Acción implica la autorización y el consentimiento libre, expreso e informado de cada Participante para que el Organizador y/o Ford puedan -a su exclusiva discreción utilizarla, exponerla, modificarla y/o difundirla en forma total y/o parcial a través de cualquier medio, sin ningún límite temporal, geográfico, ni de ningún tipo y sin necesidad de abonar suma alguna, ni de requerir autorizaciones de terceros.-
8.3) Asimismo, el solo envío de la respuesta a la Consigna por parte del Participante, se entenderá como la cesión al Organizador y a Ford de forma total, perpetua, absoluta, para todo el mundo y sin limitación de ningún tipo, de la totalidad de los derechos de propiedad, propiedad intelectual y de cualquier otra naturaleza que pudieran corresponderle sobre la respuesta a la Consigna y su contenido. El Participante cede exclusivamente y en forma absoluta, la propiedad y propiedad intelectual de la respuesta a la Consigna al Organizador y a Ford, para que éstos puedan compilarla, modificarla, difundirlas, editarla, comunicarla públicamente, o utilizarla de cualquier otra forma, gratuita u onerosa, por todos los medios de utilización, difusión o explotación actualmente conocidos o a inventarse, todo esto sin necesidad de abonar suma alguna ni de requerir autorizaciones de ningún otro tercero.-
8.4) Los Participantes serán los únicos responsables de cualquier reclamo que pudiera recibir el Organizador y/o Ford y/o cualquier tercero autorizado por éstos con relación a la violación de derechos de terceros, obligándose a mantener indemne al Organizador, a Ford y a los terceros autorizados por éstos, respecto de cualquier daño o perjuicio que eventualmente pudieran sufrir como consecuencia de reclamos de terceros en tal sentido.-
9) Release de imagen
9.1) Durante la entrega de las Unidades y durante el Plazo de uso se tomarán imágenes, fotografías, y/o producciones audiovisuales para utilizar en futuro material publicitario de Ford, así como también en material que el Organizador desarrolle a los efectos de difundir, reproducir y/o promocionar distintas acciones a nombre de Ford. En consecuencia de lo expuesto, los ganadores y los Conductores Responsables declaran que han aceptado voluntariamente participar de la Acción, por lo tanto, autorizan al Organizador, a Ford y/o a quienes éstos indiquen, a realizar filmaciones, grabaciones de sonido y/o audiovisuales de cualquier tipo, y/o tomas fotográficas de su imagen y/o de lo que suceda durante la entrega de la Unidad y el Plazo de préstamo de uso.-
9.2) Asimismo, los ganadores y los Conductores Responsables autorizan y ceden en forma expresa, irrevocable, perpetua y para todo el mundo a Ford, al Organizador y/o a quienes éstos indiquen, a utilizar, reproducir, explotar, incluir y/o difundir su imagen, fotos, nombre y apellido, apodo y voz, y el nombre, logo e imagen de la empresa en forma completa o solo parte de los mismos, en cualesquiera de los distintos medios de comunicación y/o de cualquier otra naturaleza, incluyendo pero no limitándose, a medios y/o piezas gráficas, audiovisuales, de Internet, así como a través de cualquier otro medio actualmente conocido o que se conozca en el futuro correspondiente o vinculado con la Acción y/o el producto/marca Ford.-
9.3) Los ganadores especialmente autorizan a Ford y al Organizador a utilizar, reproducir y/o explotar de manera perpetua y para todo el mundo su imagen y su voz en distintas piezas y audiovisuales (vinculados con el producto/marca Ford) que se presenten como “caso” en distintos festivales publicitarios, así como también en distintos medios gráficos, digitales, redes sociales y/o de prensa.-
9.4) Ford y/o el Organizador tendrán asimismo el derecho de modificar total o parcialmente la imagen y/o fotos y voz del ganador, del Conductor Responsable y de la empresa, y reproducirlas en forma parcial o fragmentada, sin necesidad de requerir de su consentimiento y/o autorización, ni de ningún otro tercero.-
9.5) La autorización que aquí se confiere es a título absolutamente gratuito, razón por la cual ni los ganadores, ni los Conductores Responsables ni la empresa percibirán ni tendrán derecho a reclamar suma o concepto alguno como consecuencia directa o indirecta de la misma y/o de la efectiva utilización, inclusión, reproducción y/o explotación de su imagen, fotos, nombre y apellido y voz, y nombre, logos e imagen de la empresa en los términos aquí autorizados. -
9.6) Los ganadores tienen pleno conocimiento que su imagen, fotos y voz, nombre, logos e imagen de la empresa fueron tomadas y grabadas de manera espontánea y natural, sin haber realizado ninguna tarea actoral, ni de modelaje y como consecuencia de su participación espontánea y voluntaria en la Acción.–
10) Disposiciones generales:
10.1) Los Participantes aceptan de manera expresa e irrevocable que defenderán y mantendrán totalmente indemne al Organizador, a Ford Argentina S.C.A. y a sus directivos, empleados y/o agentes, frente a cualquier reclamo, demanda, daño, pérdida, responsabilidad, costos y gastos (incluyendo honorarios de profesionales intervinientes) que surjan de cualquier violación de cualquiera de las cláusulas del presente Reglamento y/o por la violación de cualquier derecho de un tercero por parte de los participantes, incluyendo -pero no limitado a ello-, cualquier derecho de propiedad, propiedad intelectual, derecho de autor, derecho a la privacidad, etc..-
10.2 ) En ningún supuesto se cambiarán total o parcialmente el Premio por dinero en efectivo, ni por bienes o servicios de ningún tipo.-
10.3) De acuerdo con la normativa aplicable, el Organizador se reserva el derecho de establecerse y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias no expresamente previstas en este Reglamento. Asimismo, el Organizador podrá, a su exclusivo criterio, modificar, suspender o cancelar la presente Acción y/o su Reglamento en caso de fuerza mayor, eventos imprevistos o causas ajenas a su voluntad. Cualquier modificación, suspensión o cancelación se realizará conforme a la legislación vigente y será debidamente notificada a los Participantes con antelación suficiente, asegurando que estos tengan conocimiento de los cambios realizados.-
10.4) La sola participación en esta Acción implica el conocimiento y aceptación por parte de los participantes de todas sus condiciones y el reconocimiento de las decisiones que el Organizador y/o Ford tomen con relación a ésta tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas, ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes, respeten la legislación aplicable.-
10.5) No podrán participar de la Acción el personal del Organizador, de Ford, ni tampoco sus familiares directos, cónyuges y consanguíneos o parientes por afinidad hasta el cuarto grado, ya sea en nombre propio o de terceros.-
11) Datos de los participantes:
11.1) Responsabilidad: el Organizador y/o Ford serán los responsables del tratamiento y seguridad de los Datos Personales informados por los participantes. El Organizador y/o Ford recopilarán los Datos Personales en un archivo electrónico seguro y confidencial y utilizarán los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente y las condiciones aquí informadas.-
11.2) Finalidad: los Datos Personales se registrarán a los efectos del desarrollo de la Acción y notificación de participantes beneficiados y posteriormente Ford (y/o el Organizador) podrán compartir y/o ceder y/o transferir los Datos Personales obtenidos a través de los Activos Digitales a (i) los concesionarios autorizados y talleres oficiales; (ii) proveedores de servicios y/o líneas de crédito y/o financiación de productos, incluyendo empresas de marketing y/o publicidad y/o clasificación de prospectos, de acuerdo con los contratos que limitan la forma en que se puede utilizar la información personal, (iii) las empresas controlantes, afiliadas, subsidiarias y/o vinculadas con Ford. En todos los casos, la cesión y/o transferencia podrá producirse incluso cuando los sujetos mencionados se encuentren ubicados en terceros países que no cuentan con niveles adecuados de protección en materia de datos personales, en comparación con lo exigido en Argentina.
11.3) Derechos de los titulares: los titulares de los Datos Personales podrán, de manera fácil y gratuita, consultar, rectificar, actualizar y/o suprimir sus Datos Personales informados al Organizador en cualquier momento. Para el ejercicio de estos derechos se debe enviar una solicitud de consulta, rectificación, actualización y/o supresión, según el caso, al mail a privacy3@ford.com y los datos serán informados, rectificados, actualizados o suprimidos dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido el pedido. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de Datos Personales.-
12) Ley y jurisdicción aplicable:
Será de aplicación a los fines de esta Acción e interpretación del presente Reglamento la ley Argentina.- Frente a toda divergencia que pudiera surgir con relación a esta Acción y a todos los efectos de la misma, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.-
El presente Reglamento estará a la vista de los Participantes y disponible para ser leído durante toda la vigencia de la Acción en la Web: https:www.ford.com.ar/transitdays
REGLAMENTO DE LA ACCIÓN PROMOCIONAL: “TRANSIT DAYS”
1)Quiénes pueden participar:
1.1) Podrán participar de la presente Acción denominada “TRANSIT DAYS” (en adelante, la ‘‘Acción’’), organizado por VMLY&R Argentina SAU, con domicilio constituido en Arribeños 2740, CABA, (en adelante, el ‘‘Organizador’’), para su cliente Ford Argentina S.C.A. (en adelante, “Ford”), única y exclusivamente las personas jurídicas que se encuentren debidamente constituidas conforme la normativa argentina vigente y que posean domicilio de la sede social dentro del territorio de la República Argentina y que, a la fecha de inicio de vigencia de la presente Acción, cumplan con los siguiente requisitos:
a) Estén registradas ante ARCA (ex AFIP) como Pyme o pequeña empresa; y
b) Que cumplan con el mecanismo de participación y con los requisitos descriptos en el presente Reglamento (en adelante, los “Participantes”.-
1.2) La presente Acción se encontrará vigente desde las 12 h del día 20 de octubre de 2025 y hasta las 23:59 h del día 19 de noviembre de 2025 (en adelante, la “Vigencia”).-
2) Mecanismo De Participación:
2.1) Los Participantes que quieran participar de la presente Acción, siempre y cuando reúnan los requisitos previstos en el punto 1.1) de este Reglamento, deberán ingresar a la página web https:www.ford.com.ar/transitdays (en adelante, la “Web”) aceptar el Reglamento de participación de la presente Acción y completar el formulario de inscripción con los datos que allí se requieran (nombre de la empresa, CUIT, nombre y apellido -persona física-, cargo de la persona en la empresa, número de WhatsApp y correo electrónico) (en adelante, los “Datos de la Empresa”). Luego de haber aceptado el Reglamento y de haber completado los Datos de la Empresa, los Participantes deberán responder la siguiente pregunta: “¿Cuál fue el mayor desafío que enfrentó tu Pyme y cómo lo superaron?” (en adelante, la “Consigna”) Las dos (2) respuestas a la Consigna que demuestren un mayor nivel de superación (teniendo en cuenta la creatividad, rapidez, eficacia, eficiencia -entre otros factores- en la resolución del problema) serán seleccionadas como potenciales ganadores de uno de los premios puestos en juego en esta Acción.-
2.2) Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en este Reglamento. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar, llevará a la anulación de la participación y/o del participante de que se trate. Se deja expresamente aclarado que el fraude, su intento, o cualquier acción o participación contraria a los principios de esta Acción y/o a la buena fe producirá la eliminación automática del participante, sin derecho a reclamo.-
2.3) El Organizador se reserva el derecho de rechazar y eliminar cualquier respuestas a la Consigna que considere con contenido obsceno, ofensivo, difamatorio, discriminatorio, peyorativo, violento, que constituya una amenaza a cualquier persona física y/o jurídica, susceptible de configurar un agravio o un ilícito, contrario a la moral y a las buenas costumbres y/o que infrinja derechos de privacidad y/o intimidad y/o que de cualquier manera, directa o indirecta, pudiera perjudicar los derechos de un tercero. Podrá ser eliminada cualquier respuesta a la Consigna que no cumpla con los requisitos señalados en el presente Reglamento. En caso que se detecte cualquier tipo de violación a derechos de terceras personas en una respuesta a la Consigna, el participante que hubiera enviado la misma podrá ser eliminado, reservándose el Organizador la facultad de notificar la situación al tercero perjudicado y/o de iniciar las acciones que pudieran corresponder en defensa de sus derechos. En caso que el Organizador detectase esta situación luego de que el participante hubiere resultado ganador, este último perderá todo derecho al Premio y deberá hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir el Organizador o terceras personas como consecuencia de la actitud ilícita del Participante.-
2.4) Por el mero hecho de enviar la respuesta a la Consigna, el Participante acepta que es el único responsable por la veracidad y el contenido de la misma. La respuesta a la Consigna no deberá incluir obras de titularidad de terceros de cualquier tipo, ni marcas o diseños industriales, ni productos, ni elemento alguno, protegidos por derechos de autor, de propiedad, propiedad intelectual, industrial, derechos de imagen, ni de ningún otro tipo.-
3) Selección del ganador:
3.1) Entre todos los Participantes que cumplan con los requisitos mencionados en el punto 2.1) del presente Reglamento, el día 20 de noviembre de 2025, el Organizador, a través un equipo especializado (en adelante, el “Jurado”), será el encargado de seleccionar las dos (2) respuestas a la Consigna que considere que demuestran un mayor nivel de superación.- Los Participantes titulares de las dos (2) respuestas a la Consigna que demuestren un mayor nivel de superación serán considerados cada uno como potencial ganador de uno de los premios en juego descripto en el punto 4) del presente Reglamento.- Adicionalmente, el Jurado seleccionará cuatro (4) respuestas a la Consigna suplentes para el eventual caso de que los Participantes titulares de alguna de las respuestas a la Consigna seleccionadas en primer término no cumpla o no pueda cumplir con alguno de los requisitos señalados en el presente Reglamento.-
3.2) Las decisiones que tome el Jurado tendrán carácter de definitivas e inapelables, no pudiendo los Participantes apelarlas, recurrirlas, revindicar, ni solicitar revisión alguna.- En caso que el Organizador lo considere necesario, los ganadores deberán suscribir toda la documentación que sea requerida por el Organizador.-
3.3) Los Participantes reconocen y aceptan expresamente que sus respuestas a la Consigna podrán ser utilizadas y/o editadas en todo o en parte y a libre criterio del Organizador, a los efectos de ser utilizadas en capsulas de Ford y/o en cualquier otro tipo de contenido de Ford, para su difusión a través de las distintas redes sociales del Organizador y/o de Ford, en sus páginas web y en cualquier otro medio de comunicación conocido en la actualidad o a inventarse en el futuro, a perpetuidad y para todo el mundo.-
3.4) Los Participante titulares de las respuestas a la Consigna enviadas se obligan a suscribir toda la documentación que el Organizador crea necesaria a los fines de ratificar, la difusión, reproducción y explotación de las respuestas a la Consigna, y a los efectos de su explotación, difusión y/o comercialización de manera gratuita u onerosa a través de cualquier medio, de cualquier forma, sin límite de tiempo y en cualquier lugar del mundo.-
4) Premio en juego:
4.1) El otorgamiento del Premio estará sujeto a la condición de que cada potencial ganador cumpla con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento y acredite, mediante estatuto, contrato social u otro documento legalmente válido, su carácter de persona jurídica seleccionada. Cumplidas dichas condiciones, cada ganador recibirá, en carácter de préstamo de uso, una (1) unidad Ford Transit Van, modelo VAN LARGA TE AT (L3H3) (en adelante, la “Unidad”), para uso exclusivo de la empresa ganadora, durante el plazo comprendido entre el 27 de noviembre de 2025 y el 9 de diciembre de 2025 (en adelante, el “Plazo”), constituyendo dicho préstamo de uso el Premio objeto de esta promoción.-
4.2) Los ganadores declaran y aceptan expresamente que la Unidad que reciben como premio es en calidad de préstamo de uso y será destinada únicamente a uso particular de la empresa, durante el plazo comprendido entre el 27/11/2025 y el 9/12/2025 dentro del territorio de la República Argentina, no pudiendo destinarlo a otro fines ni permitir su uso a terceros.- Se deja expresamente aclarado que se encuentra absolutamente prohibido el uso de la Unidad fuera del territorio de la República Argentina constituyendo ello un incumplimiento grave del presente Reglamento y del uso otorgado.-
4.3) La aceptación del Premio/Unidad por parte de los ganadores implicará la plena conformidad y aceptación de todas las condiciones de uso, cuidado y demás obligaciones que se establezcan en la Carta Asignación que Ford pondrá a disposición de los ganadores y deberá ser suscripta por éstos en el acto de entrega de la Unidad.
4.4) Los ganadores (empresas) designarán un (1) conductor que será responsable por la Unidad durante todo el Plazo, y que deberá contar con licencia de conducir nacional vigente y válida para la conducción de vehículos de la categoría de la Unidad, siendo a su exclusivo cargo cualquier trámite vinculado a su obtención o renovación (en adelante, el “Conductor Responsable”). Asimismo, los ganadores reconocen y aceptan que estarán a su exclusivo cargo, costo y responsabilidad:
a) Los gastos de combustible;
b) El costo total de mantenimiento y/o reparaciones que, por cualquier causa, resulten necesarias a la Unidad (salvo aquellas derivadas del uso normal que Ford instruya realizar en concesionarios oficiales);
c) El costo total, incluidos eventuales intereses y costas, derivado de cualquier infracción a normas de tránsito y/o circulación;
d) La totalidad de los costos, gastos, peajes, tasas devengadas y/o vinculadas a la Unidad durante el uso de la misma.
4.5) Ni los ganadores ni los Conductores Responsables podrán quitar ni remover parte alguna de la Unidad ni efectuar modificaciones sin previa conformidad escrita de Ford; tampoco podrán darla en comodato ni conceder su uso ni posesión a terceros, ni utilizarlo fuera del territorio de la República Argentina. Ford asumirá únicamente los cargos y costos vinculados con el pago de patente y la contratación del seguro contra terceros (básico) con el que se entrega la Unidad, quedando a cargo exclusivo del ganador la contratación y/o pago de cualquier otro seguro distinto del indicado.-
4.6) La Unidad deberá ser restituido a Ford en el mismo estado en que fue recibido, libre de multas, ocupantes, desperfectos, choques, abolladuras y/o cualquier otro daño, respondiendo el ganador por los daños ocasionados y comprometiéndose a indemnizar a Ford por ellos, excepto desperfectos derivados del uso normal.-
4.7) Los ganadores y los Conductores Responsables se comprometen a utilizar y conducir el vehículo con la debida responsabilidad y diligencia, respetando las leyes de tránsito nacionales, provinciales y municipales y toda normativa vigente, asumiendo exclusiva responsabilidad civil y penal por cualquier accidente y/o siniestro que se suscite por su uso, obligándose a mantener indemne e indemnizar a Ford por cualquier reclamo y/o acción que se presente contra el ganador y/o contra Ford como titular del vehículo por hechos derivados del uso del mismo.-
5) Notificación a los potenciales ganadores. Entrega de los premios:
5.1) Ford será el encargado de notificar a los potenciales ganadores de su carácter de tal a través del número de teléfono denunciado al momento de registrarse conforme lo estipulado en el punto 2.1 del presente Reglamento, aclarándose que el derecho a la asignación del premio quedará supeditado a que cumplan todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento.-
5.2) Se formularán en un mismo día únicamente TRES (3) intentos de comunicación/contacto con un intervalo de tres (3) horas entre cada intento de contacto y en caso de que en ninguna de las tres oportunidades el potencial ganador estableciera efectiva comunicación con el Organizador (por cualquier motivo, inclusive pero sin limitarse a ello, caso fortuito o fuerza mayor), dicho potencial ganador perderá todo derecho al premio y a formular cualquier reclamo en relación con ello o con su participación en la Acción y se pasará al primer potencial ganador suplente (conforme lo estipulado en el punto 3.1 del presente Reglamento) y así sucesivamente.-
5.3) La entrega del premio se realizará únicamente a un representante legal o apoderado con facultades suficientes a tales fines en la planta de Ford, situada en Colectora Este 34603 Avenida Henry Ford, Gral. Pacheco, Provincia de Buenos Aires, el día jueves 27 de noviembre de 2025. La devolución de las Unidades deberá efectuarse en la misma locación el día 9 de diciembre de 2025, sin posibilidad de prórroga ni excepción alguna.- En caso de retraso en la devolución, el ganador deberá abonar a Ford, en concepto de multa por cada día de demora, la suma que Ford determine a tal efecto, sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que dicha demora pudiera ocasionar a Ford.
5.4) Ni el Organizador, ni Ford serán responsables por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el potencial ganador o cualquier otro tercero, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de su participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Asimismo, los gastos en que incurran los ganadores para concurrir retirar el Premio y para la utilización del mismo, estarán a su exclusivo cargo.-
5.5) El premio otorgado no es transferible a terceros. El ganador no podrá ceder, traspasar ni autorizar el uso de la Unidad a ninguna persona física o jurídica distinta de la que resultó adjudicataria/ganadora.
5.6) Los ganadores que, por cualquier causa, no pudieran hacer uso del Premio perderán todo derecho al Premio y a formular reclamo alguno como consecuencia de su participación en la Acción.-
6) Sin obligación de compra:
La presente Acción no implica obligación de compra, ni tampoco existe intervención del azar, ya que todas las personas jurídicas invitadas que cumplan con los requisitos especificados en el presente Reglamento podrán participar de la presente Acción de forma totalmente gratuita.-
7) Probabilidades:
En la presente Acción no resulta posible indicar las probabilidades de ganar, dado que la selección de los ganadores no está sujeta al azar, ni mecanismo similar, sino que el ganador finalmente será seleccionado teniendo en cuenta la originalidad y la creatividad de la respuesta a la Consigna con la que ha participado.-
8) Usuarios participantes responsables:
8.1) Se deja expresamente aclarado que por el solo hecho de participar en la presente Acción, los Participantes declaran bajo juramento ser los únicos y exclusivos dueños y/o titulares de los derechos de propiedad, propiedad intelectual y de cualquier otra naturaleza sobre la respuesta a la Consigna con la que están participando, y contar con todos los derechos para que la misma sea difundida sin limitación de tiempo, a través de cualquier medio y en cualquier lugar del mundo. El Participante asegura y garantiza que el relato y/o hechos incluidos en la Consigna no están actualmente protegidas por el derecho de autor, no constituyen material confidencial, ni están sujetos de ninguna otra manera al derecho de propiedad, propiedad intelectual y/o de cualquier otra naturaleza de un tercero, incluyendo derechos de privacidad y/o publicidad.-
8.2) El mero hecho de enviar la respuesta a la Consigna para participar de la Acción implica la autorización y el consentimiento libre, expreso e informado de cada Participante para que el Organizador y/o Ford puedan -a su exclusiva discreción utilizarla, exponerla, modificarla y/o difundirla en forma total y/o parcial a través de cualquier medio, sin ningún límite temporal, geográfico, ni de ningún tipo y sin necesidad de abonar suma alguna, ni de requerir autorizaciones de terceros.-
8.3) Asimismo, el solo envío de la respuesta a la Consigna por parte del Participante, se entenderá como la cesión al Organizador y a Ford de forma total, perpetua, absoluta, para todo el mundo y sin limitación de ningún tipo, de la totalidad de los derechos de propiedad, propiedad intelectual y de cualquier otra naturaleza que pudieran corresponderle sobre la respuesta a la Consigna y su contenido. El Participante cede exclusivamente y en forma absoluta, la propiedad y propiedad intelectual de la respuesta a la Consigna al Organizador y a Ford, para que éstos puedan compilarla, modificarla, difundirlas, editarla, comunicarla públicamente, o utilizarla de cualquier otra forma, gratuita u onerosa, por todos los medios de utilización, difusión o explotación actualmente conocidos o a inventarse, todo esto sin necesidad de abonar suma alguna ni de requerir autorizaciones de ningún otro tercero.-
8.4) Los Participantes serán los únicos responsables de cualquier reclamo que pudiera recibir el Organizador y/o Ford y/o cualquier tercero autorizado por éstos con relación a la violación de derechos de terceros, obligándose a mantener indemne al Organizador, a Ford y a los terceros autorizados por éstos, respecto de cualquier daño o perjuicio que eventualmente pudieran sufrir como consecuencia de reclamos de terceros en tal sentido.-
9) Release de imagen
9.1) Durante la entrega de las Unidades y durante el Plazo de uso se tomarán imágenes, fotografías, y/o producciones audiovisuales para utilizar en futuro material publicitario de Ford, así como también en material que el Organizador desarrolle a los efectos de difundir, reproducir y/o promocionar distintas acciones a nombre de Ford. En consecuencia de lo expuesto, los ganadores y los Conductores Responsables declaran que han aceptado voluntariamente participar de la Acción, por lo tanto, autorizan al Organizador, a Ford y/o a quienes éstos indiquen, a realizar filmaciones, grabaciones de sonido y/o audiovisuales de cualquier tipo, y/o tomas fotográficas de su imagen y/o de lo que suceda durante la entrega de la Unidad y el Plazo de préstamo de uso.-
9.2) Asimismo, los ganadores y los Conductores Responsables autorizan y ceden en forma expresa, irrevocable, perpetua y para todo el mundo a Ford, al Organizador y/o a quienes éstos indiquen, a utilizar, reproducir, explotar, incluir y/o difundir su imagen, fotos, nombre y apellido, apodo y voz, y el nombre, logo e imagen de la empresa en forma completa o solo parte de los mismos, en cualesquiera de los distintos medios de comunicación y/o de cualquier otra naturaleza, incluyendo pero no limitándose, a medios y/o piezas gráficas, audiovisuales, de Internet, así como a través de cualquier otro medio actualmente conocido o que se conozca en el futuro correspondiente o vinculado con la Acción y/o el producto/marca Ford.-
9.3) Los ganadores especialmente autorizan a Ford y al Organizador a utilizar, reproducir y/o explotar de manera perpetua y para todo el mundo su imagen y su voz en distintas piezas y audiovisuales (vinculados con el producto/marca Ford) que se presenten como “caso” en distintos festivales publicitarios, así como también en distintos medios gráficos, digitales, redes sociales y/o de prensa.-
9.4) Ford y/o el Organizador tendrán asimismo el derecho de modificar total o parcialmente la imagen y/o fotos y voz del ganador, del Conductor Responsable y de la empresa, y reproducirlas en forma parcial o fragmentada, sin necesidad de requerir de su consentimiento y/o autorización, ni de ningún otro tercero.-
9.5) La autorización que aquí se confiere es a título absolutamente gratuito, razón por la cual ni los ganadores, ni los Conductores Responsables ni la empresa percibirán ni tendrán derecho a reclamar suma o concepto alguno como consecuencia directa o indirecta de la misma y/o de la efectiva utilización, inclusión, reproducción y/o explotación de su imagen, fotos, nombre y apellido y voz, y nombre, logos e imagen de la empresa en los términos aquí autorizados. -
9.6) Los ganadores tienen pleno conocimiento que su imagen, fotos y voz, nombre, logos e imagen de la empresa fueron tomadas y grabadas de manera espontánea y natural, sin haber realizado ninguna tarea actoral, ni de modelaje y como consecuencia de su participación espontánea y voluntaria en la Acción.–
10) Disposiciones generales:
10.1) Los Participantes aceptan de manera expresa e irrevocable que defenderán y mantendrán totalmente indemne al Organizador, a Ford Argentina S.C.A. y a sus directivos, empleados y/o agentes, frente a cualquier reclamo, demanda, daño, pérdida, responsabilidad, costos y gastos (incluyendo honorarios de profesionales intervinientes) que surjan de cualquier violación de cualquiera de las cláusulas del presente Reglamento y/o por la violación de cualquier derecho de un tercero por parte de los participantes, incluyendo -pero no limitado a ello-, cualquier derecho de propiedad, propiedad intelectual, derecho de autor, derecho a la privacidad, etc..-
10.2 ) En ningún supuesto se cambiarán total o parcialmente el Premio por dinero en efectivo, ni por bienes o servicios de ningún tipo.-
10.3) De acuerdo con la normativa aplicable, el Organizador se reserva el derecho de establecerse y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias no expresamente previstas en este Reglamento. Asimismo, el Organizador podrá, a su exclusivo criterio, modificar, suspender o cancelar la presente Acción y/o su Reglamento en caso de fuerza mayor, eventos imprevistos o causas ajenas a su voluntad. Cualquier modificación, suspensión o cancelación se realizará conforme a la legislación vigente y será debidamente notificada a los Participantes con antelación suficiente, asegurando que estos tengan conocimiento de los cambios realizados.-
10.4) La sola participación en esta Acción implica el conocimiento y aceptación por parte de los participantes de todas sus condiciones y el reconocimiento de las decisiones que el Organizador y/o Ford tomen con relación a ésta tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas, ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes, respeten la legislación aplicable.-
10.5) No podrán participar de la Acción el personal del Organizador, de Ford, ni tampoco sus familiares directos, cónyuges y consanguíneos o parientes por afinidad hasta el cuarto grado, ya sea en nombre propio o de terceros.-
11) Datos de los participantes:
11.1) Responsabilidad: el Organizador y/o Ford serán los responsables del tratamiento y seguridad de los Datos Personales informados por los participantes. El Organizador y/o Ford recopilarán los Datos Personales en un archivo electrónico seguro y confidencial y utilizarán los mismos en total cumplimiento de la legislación vigente y las condiciones aquí informadas.-
11.2) Finalidad: los Datos Personales se registrarán a los efectos del desarrollo de la Acción y notificación de participantes beneficiados y posteriormente Ford (y/o el Organizador) podrán compartir y/o ceder y/o transferir los Datos Personales obtenidos a través de los Activos Digitales a (i) los concesionarios autorizados y talleres oficiales; (ii) proveedores de servicios y/o líneas de crédito y/o financiación de productos, incluyendo empresas de marketing y/o publicidad y/o clasificación de prospectos, de acuerdo con los contratos que limitan la forma en que se puede utilizar la información personal, (iii) las empresas controlantes, afiliadas, subsidiarias y/o vinculadas con Ford. En todos los casos, la cesión y/o transferencia podrá producirse incluso cuando los sujetos mencionados se encuentren ubicados en terceros países que no cuentan con niveles adecuados de protección en materia de datos personales, en comparación con lo exigido en Argentina.
11.3) Derechos de los titulares: los titulares de los Datos Personales podrán, de manera fácil y gratuita, consultar, rectificar, actualizar y/o suprimir sus Datos Personales informados al Organizador en cualquier momento. Para el ejercicio de estos derechos se debe enviar una solicitud de consulta, rectificación, actualización y/o supresión, según el caso, al mail a privacy3@ford.com y los datos serán informados, rectificados, actualizados o suprimidos dentro de los cinco (5) días hábiles de recibido el pedido. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de Datos Personales.-
12) Ley y jurisdicción aplicable:
Será de aplicación a los fines de esta Acción e interpretación del presente Reglamento la ley Argentina.- Frente a toda divergencia que pudiera surgir con relación a esta Acción y a todos los efectos de la misma, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.-
El presente Reglamento estará a la vista de los Participantes y disponible para ser leído durante toda la vigencia de la Acción en la Web: https:www.ford.com.ar/transitdays